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Reducir este debate a una dicotomía entre estar a favor o en contra del aborto es un error analítico
SAN JUAN, Puerto Rico
Por Rev. Ignacio Estrada Cepero, para Pride Society Magazine
Las leyes no solo ordenan conductas. También establecen el lenguaje desde el cual una sociedad se define, se interpreta y se proyecta hacia el futuro. Por eso, la firma de la medida que reconoce al no nacido como “persona natural” en Puerto Rico no puede leerse como un acto administrativo más ni como un simple gesto ideológico. Se trata de una decisión que modifica el marco conceptual del Estado y, al hacerlo, reconfigura el terreno sobre el cual se construyen derechos, responsabilidades y prioridades públicas.
Desde que la noticia comenzó a circular, la cobertura sostenida de la prensa escrita, la radio y la televisión ha ido acompañada de una intensa reacción ciudadana en las redes sociales. Lejos de tratarse de comentarios aislados o reacciones espontáneas, se observa un patrón reiterado de cuestionamientos que se repiten en distintos espacios informativos, columnas, foros digitales y secciones de opinión. Este eco constante no es ruido. Es un indicador de inquietud social.
Algunos de esos comentarios apuntan a una percepción extendida: que la aprobación de esta ley responde más a presiones de sectores religiosos organizados que a un consenso cívico amplio. El señalamiento, independientemente del tono con que se exprese, no cuestiona la fe individual ni el derecho de las personas a creer. Lo que interpela es el rol del Estado y su obligación de legislar desde un marco de neutralidad institucional en una sociedad plural y diversa.
En una democracia constitucional, el Estado no puede adoptar como lenguaje oficial una cosmovisión particular sin generar tensiones profundas. Cuando una definición legal incorpora conceptos cargados de significado moral específico, la frontera entre convicción privada y política pública se vuelve difusa. Y cuando esa frontera se debilita, lo que entra en riesgo no es solo una política concreta, sino el principio de igualdad ante la ley.
Otras reacciones ciudadanas han desplazado el foco hacia una contradicción estructural que atraviesa este debate. Si el objetivo declarado es la protección de la vida, por qué esa protección no se manifiesta con igual contundencia en políticas públicas que acompañen a las familias reales y existentes. Licencias de maternidad y paternidad insuficientes, acceso limitado a servicios de salud, precariedad en los sistemas de cuidado, falta de apoyo económico a la crianza y un éxodo poblacional sostenido siguen siendo parte del paisaje cotidiano. La pregunta que emerge no es ideológica, sino funcional: cómo se protege la vida en la práctica.
El uso del sarcasmo en algunos comentarios, como la interrogante sobre cuántos no nacidos podrán reclamarse como dependientes en las planillas contributivas, lejos de trivializar el debate, expone una falla comunicacional y jurídica. Cuando el Estado redefine conceptos fundamentales del derecho civil sin explicar con precisión sus consecuencias, la ciudadanía responde con ironía, desconfianza y preguntas incómodas. Esa reacción no es superficial. Es una forma de exigir coherencia.
Incluso los comentarios más mordaces, que aluden a improvisación legislativa o a reconocimientos irónicos en materia jurídica, revelan una preocupación legítima: el temor a que se estén alterando pilares del orden legal sin un debate amplio, interdisciplinario y transparente. Reconocer personalidad jurídica no es un gesto simbólico ni retórico. Tiene implicaciones concretas en ámbitos como el derecho civil, la política pública, la salud, la autonomía individual y la interpretación constitucional.
Reducir este debate a una dicotomía entre estar a favor o en contra del aborto es un error analítico. Ese encuadre binario empobrece la discusión y oculta la pregunta central. Lo que está en juego es si Puerto Rico reafirma su carácter de Estado laico, donde las leyes se fundamentan en principios constitucionales, evidencia y consenso democrático, o si comienza a adoptar un lenguaje normativo históricamente asociado a visiones morales particulares.
La separación entre Iglesia y Estado no es una consigna abstracta ni un tecnicismo jurídico reservado a especialistas. Es una garantía democrática esencial. Protege tanto a quienes profesan una fe como a quienes no, y resguarda a las minorías frente a mayorías circunstanciales. Cuando el Estado cruza esa línea, incluso de forma sutil, el equilibrio institucional se resiente.
Este debate tampoco ocurre en el vacío. Se inserta en un contexto regional y global donde los derechos reproductivos están siendo revisados, limitados o redefinidos desde el poder político. En una sociedad como la puertorriqueña, marcada por la desigualdad económica, la migración forzada y la fragilidad de servicios esenciales, cualquier redefinición legal de esta magnitud exige un escrutinio particularmente riguroso.
Legislar sobre la vida implica una responsabilidad mayor que la aprobación de una medida. Exige coherencia entre el lenguaje legal y la acción pública. Proteger la vida no puede limitarse a una definición jurídica si no va acompañada de políticas que la sostengan, la cuiden y la hagan viable en condiciones reales.
El riesgo de este momento no es únicamente jurídico. Es institucional. Cuando el Estado adopta un lenguaje que no logra convocar consenso ni ofrecer claridad, lo que se erosiona no es solo una política específica, sino la confianza ciudadana en el sistema democrático.
Las leyes que marcan época no son las que responden a coyunturas ni a presiones sectoriales. Son las que resisten el paso del tiempo porque amplían derechos, fortalecen garantías y reconocen la complejidad de la sociedad que gobiernan. Esa será, inevitablemente, la vara con la que esta decisión será juzgada.
