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Fallo unánime elimina la ley de «noticias falsas» que exponía a periodistas a penas de cárcel y multas
SAN JUAN, Puerto Rico
El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Estados Unidos declaró inconstitucional de forma unánime la ley de Puerto Rico de 2020 conocida como la ley contra las “noticias falsas”, al concluir que imponía una restricción basada en el contenido de la expresión protegida y violaba la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos.
La decisión confirma el fallo emitido el 31 de marzo de 2023 por el Tribunal de Distrito para el Distrito de Puerto Rico, que había dictado una orden judicial permanente contra la medida al considerar que su alcance excesivamente amplio podía propiciar enjuiciamientos politizados y coartar la libertad de expresión en asuntos de interés público.
La demanda fue presentada durante la pandemia de COVID-19 por la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) y la ACLU de Puerto Rico en representación de los periodistas Sandra Rodríguez Cotto y Rafelli González Cotto, quienes alegaron que la legislación amenazaba con castigar la cobertura periodística que pudiera resultar incómoda para el gobierno durante una emergencia.
La ley convertía en delito emitir a sabiendas una “falsa alarma” sobre catástrofes inminentes o divulgar información falsa cuando ello representara un riesgo inminente para la seguridad, la salud o la propiedad. Las violaciones conllevaban penas de hasta tres años de prisión y multas de hasta $5,000.
En su decisión, el tribunal sostuvo que la ley carecía de las limitaciones presentes en otras disposiciones similares y que podía utilizarse para procesar expresiones protegidas, incluyendo críticas al gobierno, debates sobre asuntos de interés público, así como chistes, sátira o ficción. Los jueces señalaron que la medida “representa una restricción inadmisible de la libertad de expresión, especialmente en tiempos de emergencia, cuando es imperativo que el público esté bien informado y que el gobierno rinda cuentas”.
“Como periodista independiente en Puerto Rico, mi trabajo es buscar la verdad y exigir responsabilidades a quienes ostentan el poder, especialmente cuando surge una crisis y el público necesita información transparente y confiable”, expresó Sandra Rodríguez Cotto, quien calificó el fallo como una victoria para la prensa y para toda la ciudadanía.
Por su parte, Rafelli González Cotto sostuvo que la controversia trascendía el ejercicio periodístico. “Esto atenta contra el significado mismo de vivir en una sociedad democrática donde las personas tienen derecho a expresarse libremente sin temor a ser silenciadas por el Estado”, afirmó.
Brian Hauss, subdirector del Proyecto de Libertad de Expresión, Privacidad y Tecnología de la ACLU, señaló que “la función de vigilancia de la prensa nunca es más importante ni está más en peligro que durante una emergencia” y celebró que el tribunal declarara inconstitucional una ley que, según indicó, amenazaba con silenciar al periodismo independiente.
Fermín Arraiza Navas, director legal de la ACLU de Puerto Rico, sostuvo que la decisión protege la libertad de prensa y la libertad de expresión, y afirmó que la legislación fue concebida para criminalizar la disidencia y perseguir a la prensa durante periodos de emergencia.
La directora ejecutiva de la ACLU de Puerto Rico, Annette Martínez Orabona, afirmó que la decisión protege derechos fundamentales y advirtió que la legislación también buscaba desalentar la fiscalización del gobierno durante situaciones de emergencia. Como ejemplo, mencionó la actual crisis en el servicio de agua potable que enfrenta Puerto Rico, al señalar que en escenarios como ese resulta indispensable garantizar la libertad de expresión y de prensa.
⚖️ CLAVES DEL FALLO
📰 El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito invalidó de forma unánime la ley de «noticias falsas» aprobada en Puerto Rico en 2020.
📜 Los jueces concluyeron que la medida violaba la Primera Enmienda al restringir la libertad de expresión según el contenido del mensaje.
⚠️ La ley contemplaba penas de hasta tres años de cárcel y multas de hasta $5,000 por divulgar determinada información considerada falsa durante emergencias.
🧑⚖️ El fallo confirma la decisión emitida en 2023 por el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico, que ya había bloqueado permanentemente la aplicación de la ley.
🗣️ El tribunal advirtió que la legislación podía utilizarse para perseguir críticas al gobierno, así como expresiones protegidas, incluyendo sátira, humor y debates sobre asuntos de interés público.

