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Fallo 8-1, con mayoría transversal, abre la puerta a impugnaciones en todo Estados Unidos y provoca rechazo en Puerto Rico
San Juan, Puerto Rico
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El Tribunal Supremo de Estados Unidos emitió este martes una decisión de alto impacto al determinar, en votación 8-1, que una ley de Colorado que prohibía las terapias de conversión en menores probablemente viola la Primera Enmienda, al considerar que regula el contenido del discurso profesional.
El caso, Chiles v. Salazar, no declara directamente legales estas prácticas, ampliamente rechazadas por organizaciones médicas, pero sí establece que los estados enfrentan límites constitucionales al intentar prohibirlas cuando se enmarcan como comunicación entre profesional y paciente.
La mayoría —integrada por el presidente del Tribunal, John Roberts, junto a Clarence Thomas, Samuel Alito, Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Neil Gorsuch, Brett Kavanaugh y Amy Coney Barrett— refleja una alineación poco común que cruza líneas ideológicas. La única disidencia fue de la jueza Ketanji Brown Jackson.
La opinión mayoritaria, redactada por Gorsuch, sostiene que el Estado no puede restringir expresiones basándose en su “punto de vista”, incluso en contextos terapéuticos. Jackson, por su parte, advirtió que la decisión debilita la capacidad de los estados para proteger a menores frente a prácticas potencialmente dañinas.
El fallo reconfigura el terreno legal en Estados Unidos, donde más de 20 jurisdicciones han aprobado prohibiciones o restricciones a las terapias de conversión, y anticipa una ola de litigios para impugnar esas leyes bajo criterios de libertad de expresión.
Diversas asociaciones médicas han vinculado estas prácticas con efectos adversos como depresión, ansiedad y mayor riesgo suicida, particularmente en jóvenes LGBTQ+. Sin embargo, el Supremo centró su análisis en la dimensión constitucional del discurso, no en la validez científica o ética de las intervenciones.
En Puerto Rico, la decisión generó una rápida reacción de la Federación LGBTQ+.
«Hoy, Día de la Visibilidad Trans, la Corte Suprema de los Estados Unidos sigue opacando los derechos de las juventudes y la población LGBTQ+ de su país, y por ende de nuestro archipiélago. Como persona trans que creció con indoctrinación católica, siento tristeza por todes les jóvenes y adultos que no van a poder vivir sus vidas plenamente gracias a la imposición hegemónica de un cristianismo conservador que insiste en borrarnos. Nuestra existencia es la resistencia y, desde la Tejedora y la Federación, trabajaremos para proteger nuestras juventudes de la imposición del abuso y la tortura que son las terapias de conversión», aseveró Kari Claudio Betancourt, directore de La Tejedora e integrante del Consejo Asesor de la Federación.
El licenciado Alberto Valentín, también integrante del Consejo Asesor, ofreció una lectura jurídica más matizada del alcance del fallo.
«Como activista LGBTQ+, me preocupa profundamente el impacto que este tipo de decisiones puede tener sobre jóvenes y personas vulnerables, especialmente cuando históricamente estas prácticas han estado vinculadas a daño emocional y psicológico. Como abogado, sin embargo, reconozco que el Tribunal no está validando prácticas abusivas, ni está dando paso a terapias de conversión que impliquen ataques a la integridad del paciente».
Valentín subrayó que el análisis del Supremo se limita a los contornos constitucionales del discurso.

«El análisis se centra en los límites constitucionales del Estado para regular el contenido del discurso, bajo la Primera Enmienda y la prohibición de discriminar por punto de vista, incluso en contextos profesionales. Esa distinción es importante: una cosa es el rechazo ético y social a la terapia de conversión, y otra es el análisis jurídico sobre hasta dónde puede llegar el Estado sin incurrir en censura. Y aunque un adulto puede tener la capacidad de dejar de acudir a ese profesional, no ocurre lo mismo con menores u otras poblaciones vulnerables, lo que mantiene abierta una preocupación legítima desde el punto de vista de política pública».
«Ahora queda por verse, en casos subsiguientes, hasta dónde se permitirá esa libertad de expresión, especialmente cuando su ejercicio puede derivar en daños reales y duraderos. Ahí es donde el análisis constitucional se vuelve más complejo: cómo balancear la libertad de expresión frente al deber del Estado de proteger la salud, la integridad y el bienestar de las personas, particularmente de quienes no están en posición de consentir o retirarse libremente», añadió.
El presidente de la Federación LGBTQ+, Pedro Julio Serrano, convocó además a un foro este martes, 31 de marzo, a las 6:00 p.m. en el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, en el marco del Día Internacional de la Visibilidad Trans.
«Hoy, más que nunca en conmemoración del Día Internacional de la Visibilidad Trans es importante que asistamos a este panel que presenta la resistencia y lucha de una comunidad que no se rinde, ni se vence. Les esperamos», concluyó.
El panel contará con la moderación de Alexandra Román Rodríguez, estudiante de periodismo e integrante del Consejo Asesor de la Federación, y la participación de Justin Jesús Santiago, Silvia Caridad Torres Ortiz y Marielle De León Toledo.
Aunque en Puerto Rico existen restricciones a las terapias de conversión en contextos de salud para menores, la decisión del Supremo podría abrir cuestionamientos legales similares, especialmente en espacios donde estas prácticas se presentan como acompañamiento espiritual o consejería no regulada.
Lo que está en juego
🌈 No legaliza, pero sí debilita prohibiciones
La decisión no avala la terapia de conversión, pero limita cómo los estados pueden prohibirla.
⚖️ Mayoría ideológicamente cruzada
Jueces liberales y conservadores coincidieron en priorizar la libertad de expresión.
🧠 Riesgos documentados
Organizaciones médicas vinculan estas prácticas con daño emocional y mayor riesgo suicida.
Puerto Rico no queda fuera: El fallo podría impactar futuras defensas legales de restricciones locales, especialmente fuera del ámbito clínico.
